Evaluación
Examen médico pre-empleo (preocupacional): qué es y qué incluye

En breve
El examen médico pre-empleo (o preocupacional) es la evaluación que se hace antes de que una persona inicie en un puesto, para determinar su aptitud frente a los riesgos de ese cargo. En República Dominicana, el Reglamento 522-06 (Art. 3.4.4) prevé un examen de salud previo al inicio del trabajo para los puestos con riesgo de exposición.
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¿Qué es el examen pre-empleo?
Es la evaluación médica ocupacional que determina si un candidato es apto para las tareas y los riesgos de un puesto concreto, antes de empezar a trabajar. No es un chequeo general de salud ni un filtro para descartar personas: su objetivo es ubicar a cada quien en un puesto donde pueda trabajar de forma segura y, cuando haga falta, con recomendaciones o restricciones.
También sirve de punto de partida: deja registrado el estado de salud del trabajador al ingreso, lo que permite, en las evaluaciones periódicas posteriores, detectar cambios atribuibles a la exposición del puesto.
¿Cuándo se exige en RD?
El Reglamento 522-06 (Art. 3.4.4) contempla el examen previo al inicio del trabajo para puestos con riesgo de exposición. A partir de ahí, la vigilancia continúa de forma periódica, con un intervalo que nunca excede de un año (Art. 7.14).
En la práctica, muchas empresas lo aplican a todo ingreso, no solo a los puestos de mayor riesgo, porque establece la línea base de salud y ordena la contratación. Lo que la norma ancla como obligación es el examen previo en puestos con riesgo; extenderlo a todos es una decisión de buena práctica de la empresa.
¿El examen pre-empleo discrimina al candidato?
No debería, y ahí está la diferencia entre una evaluación bien hecha y un mal uso. El examen mide la aptitud para un PUESTO y sus riesgos, no la salud de la persona en abstracto. Un resultado no apto no es un juicio sobre el candidato: significa que ese puesto, con esos riesgos, no es compatible con su condición actual.
Aptitud para el puesto, no cribado de salud
El examen pre-empleo no es una excusa para conocer el historial médico del candidato ni para descartarlo por condiciones que no afectan al trabajo. Lo que se comparte con la empresa es la aptitud y las restricciones; el detalle clínico queda protegido (Ley 172-13). Usarlo para otra cosa desvirtúa su propósito.
¿Qué estudios incluye?
Depende del puesto y sus riesgos: no hay una lista única universal. La estructura habitual es una base clínica común más los estudios que exija el riesgo:
| Componente | Qué incluye | Cuándo |
|---|---|---|
| Base clínica | Historia, signos vitales, examen físico, agudeza visual | Siempre |
| Laboratorios | Hemograma, glicemia, perfil según el caso | Frecuente, según puesto |
| Audiometría | Evaluación auditiva por frecuencias | Exposición a ruido |
| Espirometría | Función pulmonar | Exposición a polvos, humos o químicos |
| Cardiovascular / ECG | Evaluación del corazón y la tolerancia al esfuerzo | Esfuerzo físico, altura |
| Radiografía | Imagen de tórax o columna | Según riesgo del puesto |
La batería concreta la define el médico ocupacional a partir del perfil de riesgo del cargo (ver la guía de batería por puesto).
¿Qué estudios lleva cada tipo de puesto? (ejemplos)
Algunos ejemplos frecuentes en la práctica, para dar una idea de cómo cambia la batería según el cargo:
| Puesto | Estudios que suelen sumarse a la base |
|---|---|
| Operario con ruido | Audiometría |
| Soldador | Audiometría y espirometría, agudeza visual |
| Trabajo en altura | Evaluación cardiovascular y del equilibrio |
| Conductor | Agudeza visual, evaluación general |
| Manipulador de alimentos | Estudios según la normativa sanitaria del puesto |
| Puesto administrativo | Base clínica y agudeza visual |
¿Quién lo realiza y lo firma?
Un médico con especialidad o maestría en salud ocupacional y exequátur vigente, o alguien bajo su supervisión, en un centro habilitado. El resultado es el certificado de aptitud, que declara si el candidato es apto, apto con restricciones o no apto para el puesto.
¿En qué se diferencia del examen periódico?
El pre-empleo mira la aptitud INICIAL: si la persona puede empezar en ese puesto y deja la línea base de su salud. El periódico, que se repite con un intervalo que no excede de un año, COMPARA contra esa línea base y las evaluaciones previas para detectar cambios provocados por la exposición.
Dicho simple: el pre-empleo abre el expediente; el periódico lo mantiene al día y vigila que el trabajo no esté dañando la salud del trabajador.
¿Quién paga el examen y puede el trabajador negarse?
El examen pre-empleo es parte del proceso de contratación y de la obligación de vigilancia de la salud del empleador, así que su costo lo asume la empresa, no el candidato. En cuanto a negarse: como es un requisito para ocupar un puesto con riesgo, no realizarlo normalmente impide la contratación para ese puesto, porque la empresa no puede ubicar a alguien sin saber si es apto para los riesgos que enfrentará.
¿Qué errores comete la mayoría de las empresas?
- Pedir la misma batería para todos los puestos, sin distinguir el riesgo de cada cargo.
- Tratar el examen como un cribado de salud y no como una evaluación de aptitud para el puesto.
- Exigir el detalle clínico del candidato, exponiendo un dato personal sensible (Ley 172-13).
- Saltarse la línea base al ingreso, con lo que después no hay contra qué comparar en las evaluaciones periódicas.
- Aceptar certificados firmados por un médico sin especialidad ocupacional o sin exequátur vigente.
¿Qué debe llevar el trabajador a la cita?
Para agilizar la cita, el candidato debería llevar un documento de identidad y, si el puesto lo requiere, cualquier estudio o antecedente médico relevante que ya tenga. No hace falta acudir en ayunas salvo que el centro lo indique para ciertos laboratorios.
El centro, por su parte, necesita saber de antemano el puesto y sus riesgos para preparar la batería correcta. Un examen pre-empleo sin ese dato termina siendo genérico y puede dejar fuera el estudio que ese riesgo sí exigía.
¿Sirve un examen pre-empleo de un empleo anterior?
No de forma automática. La aptitud se declara para un puesto y sus riesgos concretos: un examen hecho para otro cargo, con otros riesgos, no garantiza la aptitud para el nuevo. Además, su validez se ancla en la vigilancia periódica (intervalo que no excede de un año), así que un examen antiguo puede estar vencido.
Cuando el puesto nuevo tiene riesgos equivalentes y la evaluación es reciente, el médico puede valorarla; pero es una decisión clínica, no un traslado automático de un empleo a otro.
¿Con qué frecuencia se repite después del ingreso?
El pre-empleo es el punto de partida. Después del ingreso, la vigilancia continúa de forma periódica, con un intervalo que nunca excede de un año (Reglamento 522-06, Art. 7.14), y con más frecuencia cuanto mayor sea la exposición del puesto.
Cada evaluación periódica se compara contra la línea base del pre-empleo y las anteriores, para detectar a tiempo cualquier cambio atribuible al trabajo.
¿Qué relación tiene con el certificado de aptitud?
No son cosas distintas: el certificado de aptitud es el RESULTADO del examen. Una vez el médico concluye la evaluación, emite el certificado con el veredicto de aptitud (apto, apto con restricciones o no apto) para ese puesto.
Ese certificado es lo que la empresa conserva como constancia de que el candidato fue evaluado; el detalle clínico de la evaluación queda en la historia ocupacional que custodia el médico.
¿Un candidato 'apto con restricciones' puede ser contratado?
Sí. 'Apto con restricciones' no es un rechazo: significa que la persona puede desempeñar el puesto respetando ciertas condiciones o límites —por ejemplo, evitar una tarea específica o mantener una condición de salud controlada—. La empresa decide si puede acomodar esas restricciones en el puesto.
Cuando no puede acomodarlas, la vía razonable suele ser ubicar al candidato en otro puesto compatible, no descartarlo. El certificado orienta esa decisión con criterio médico; la decisión de contratación es de la empresa.
¿Qué NO evalúa el examen pre-empleo?
No es un chequeo general ni un diagnóstico completo de salud. Se enfoca en la aptitud para el puesto y sus riesgos; los hallazgos ajenos al trabajo pueden orientar a que el trabajador consulte por su cuenta, pero no son el objeto de la evaluación ocupacional.
Tampoco sustituye la atención médica del trabajador ni su historia clínica general. Es una foto orientada al puesto, no un examen exhaustivo de todo el organismo.
Paso a paso: cómo se hace un examen pre-empleo
- Definir el perfil de riesgo del puesto que va a ocupar el candidato.
- Armar la batería que corresponde a ese riesgo (base clínica más estudios específicos).
- Realizar la evaluación con un médico de salud ocupacional o bajo su supervisión.
- Marcar los hallazgos según el estándar clínico y concluir la aptitud.
- Emitir el certificado de aptitud (apto, apto con restricciones o no apto) y registrar la línea base para las evaluaciones futuras.
¿Cómo ayuda Aptico?
En Aptico, el centro carga los estudios del candidato y la plataforma los estructura y marca los hallazgos según el estándar clínico, sin transcribir a mano. El médico revisa, concluye la aptitud y firma; el certificado sale el mismo día y la evaluación queda como línea base del expediente del trabajador, lista para comparar en la próxima periódica.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio el examen pre-empleo en RD?
El Reglamento 522-06 (Art. 3.4.4) prevé un examen previo al inicio del trabajo para puestos con riesgo de exposición; luego la vigilancia continúa de forma periódica (Art. 7.14).
¿Qué incluye un examen pre-empleo?
Una base clínica (historia, signos vitales, examen físico, agudeza visual) más los estudios que exija el riesgo del puesto (laboratorios, audiometría, espirometría, cardiovascular o radiografía, según el caso).
¿El examen pre-empleo puede usarse para descartar a un candidato por su salud?
No debería. Evalúa la aptitud para un puesto y sus riesgos, no la salud en abstracto; lo que se comparte es la aptitud y las restricciones, no el detalle clínico, protegido por la Ley 172-13.
¿Quién paga el examen pre-empleo?
Lo asume la empresa: es parte del proceso de contratación y de la obligación de vigilancia de la salud del empleador, no un costo del candidato.
¿Sirve el examen pre-empleo de un empleo anterior?
No de forma automática: la aptitud es para un puesto y sus riesgos concretos, y su validez se ancla en la vigilancia periódica (≤1 año). Un examen de otro cargo o antiguo puede no aplicar; lo valora el médico.
¿En qué se diferencia del examen periódico?
El pre-empleo evalúa la aptitud inicial y deja la línea base de salud; el periódico se repite (intervalo ≤1 año) y compara contra esa base para detectar cambios por la exposición.
Glosario
- Examen pre-empleo (preocupacional)
- Evaluación médica ocupacional previa al ingreso, que determina la aptitud para un puesto y sus riesgos.
- Línea base de salud
- Estado de salud del trabajador registrado al ingreso; sirve de referencia para comparar en las evaluaciones periódicas.
- Vigilancia periódica
- Seguimiento médico que se repite tras el ingreso, con un intervalo que nunca excede de un año (522-06, Art. 7.14), según el riesgo del puesto.
- Restricción laboral
- Condición o límite que el médico fija para un trabajador apto: una tarea a evitar o un requisito a mantener para desempeñar el puesto con seguridad.
- Aptitud para el puesto
- Compatibilidad entre la salud del trabajador y las tareas y riesgos del cargo; se expresa como apto, apto con restricciones o no apto.
- Base clínica
- Componente común de toda evaluación: historia, signos vitales, examen físico y agudeza visual.
- Batería de exámenes
- Conjunto de estudios definido según el riesgo del puesto; ver la guía de batería por puesto.
- Exequátur
- Autorización legal para ejercer la medicina en RD; el médico firmante debe tenerlo vigente.
Fuentes
Información general, no asesoría legal. Verifique siempre contra la norma vigente.
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