Evaluación
Examen médico de egreso: por qué conviene hacerlo aunque la norma no lo nombre

El examen de egreso es el que casi nadie hace: el trabajador ya se va, la empresa ya no lo necesita y el centro no recibe el pedido. Y es, a la vez, el que más protege a los tres cuando años después aparece una pérdida auditiva o una enfermedad respiratoria y hay que saber con qué salud salió esa persona de ese puesto.
Qué es
El examen médico de egreso (también llamado de retiro o de salida) es la evaluación que se hace al terminar la relación laboral, para dejar constancia del estado de salud del trabajador en el momento en que deja el puesto y sus riesgos. Es el cierre del expediente que abrió el examen pre-empleo y que fueron actualizando las periódicas.
A diferencia de los otros tipos, no concluye una aptitud para un puesto, porque ya no hay puesto. Concluye un estado: con qué valores, con qué hallazgos y con qué estudios sale el trabajador. El documento que resulta es una constancia, no un certificado de aptitud en el sentido habitual, y conviene llamarlo así.
Lo que dice la norma, con precisión
Aquí hay que ser exactos, porque se repite mucho que el 522-06 obliga «pre-empleo, periódico y de egreso». El Reglamento 522-06 obliga a la vigilancia periódica del estado de salud, con un intervalo que nunca excede de un año (Art. 7.14), y prevé el examen previo al inicio del trabajo en puestos con riesgo (Art. 3.4.4). El examen de egreso como mandato universal escrito con ese nombre no está en el texto vigente: es el estándar de la práctica ocupacional y la dirección de la reforma pendiente. La guía del 522-06 lo explica con el mismo matiz.
Por qué importa decirlo bien
Si el centro le dice a la empresa que el egreso es obligatorio por ley y la empresa lo comprueba, pierde la confianza en todo lo demás que el centro le diga. Es más sólido presentarlo como lo que es: una buena práctica con beneficios concretos para la empresa, que es lo que sigue.
A quién protege, y de qué
El valor del egreso aparece después, no el día que se hace. La Ley 87-01 cubre, a través del Seguro de Riesgos Laborales, las enfermedades cuya causa directa provenga del ejercicio del trabajo (Art. 190, literal f). Muchas de esas enfermedades, como la pérdida auditiva por ruido o las afecciones respiratorias por polvos, se manifiestan con los años, a veces cuando la persona ya trabaja en otro sitio. Cuando eso ocurre, la pregunta es qué salud tenía al salir de cada puesto.
| Parte | Qué le aporta |
|---|---|
| El trabajador | Una constancia de su estado al salir, con la que puede seguir un hallazgo con su médico y acreditar su historia de exposición si la necesita. |
| La empresa que deja | La prueba de que el trabajador salió con determinado estado de salud, que delimita qué ocurrió durante la relación laboral y qué no. |
| La empresa que lo recibe | Una línea base honesta: lo que ya traía el trabajador al llegar, que no se le puede atribuir al nuevo puesto. |
| El centro | Un expediente cerrado, con principio y fin, que resiste cualquier pregunta posterior. |
Qué incluye
La regla es simple: los mismos estudios que vigilaban los riesgos del puesto, para poder comparar. Si el trabajador estuvo expuesto a ruido, audiometría; si a polvos o humos, espirometría y, según el caso, radiografía de tórax; si manejó cargas, examen osteomuscular. Más la base clínica de siempre: historia, signos vitales, examen físico, agudeza visual. La batería por puesto que se definió al ingreso es la que corresponde a la salida.
Lo que no tiene sentido es inventar una batería nueva para el egreso. Un estudio que no se hizo nunca antes no se puede comparar con nada; y un estudio que se hizo en cada periódica y falta en el egreso deja la serie sin su último punto, que es el que más importa.
Cuándo hacerlo y qué pasa si el trabajador no acude
Lo razonable es hacerlo antes del último día de trabajo, cuando el trabajador todavía está disponible y la empresa todavía puede citarlo. Después de la salida, conseguir que alguien vuelva al centro para un examen que no le exige nadie es difícil, y el centro no tiene cómo obligarlo.
Si la empresa lo ofrece y el trabajador no acude, conviene que quede constancia escrita de que se le ofreció, con fecha. Esa anotación no sustituye el examen, pero documenta que la empresa cumplió su parte. Y si acude, el resultado se le entrega a él, porque es su información de salud (Ley 172-13); la empresa recibe la constancia de que el egreso se hizo y lo que afecte a su responsabilidad, no el detalle clínico.
Qué hacer con un hallazgo al egreso
Un hallazgo en el egreso no desaparece porque el contrato termine. Si la audiometría de salida muestra una pérdida que no estaba al ingreso, el médico lo informa al trabajador, lo refiere, y deja constancia en el expediente. Si el hallazgo sugiere una enfermedad relacionada con el trabajo, el trabajador tiene derecho a que se valore por el Seguro de Riesgos Laborales; cómo se notifica y quién lo hace lo tratamos en Accidente de trabajo: qué cubre el seguro y en Enfermedad profesional: cómo la detecta la vigilancia periódica.
Lo que no debe pasar es que el hallazgo se quede en un informe que nadie lee porque «ya se fue».
Cómo proponerlo a la empresa
- Incluirlo en el acuerdo de servicio desde el principio, como el cierre natural del ciclo, no como un extra que se ofrece cuando el trabajador ya se despidió.
- Explicar con el lenguaje de arriba: delimita responsabilidades, no es un trámite más.
- Acordar que Recursos Humanos avise al centro con la salida programada, igual que avisa un ingreso.
- Usar la batería del puesto, no una genérica, para que el egreso compare con el ingreso.
Un caso: el operador de planta que se va después de seis años
Un operador de una planta de bloques entró a trabajar con un examen pre-empleo que incluyó audiometría y espirometría, porque el puesto tenía exposición a ruido y a polvo. Durante seis años se le hicieron evaluaciones periódicas anuales con los mismos estudios. Ahora renuncia para irse a otra empresa, y Recursos Humanos avisa al centro con dos semanas de antelación, como está acordado.
El centro lo cita la semana anterior a su último día. La batería es la del puesto: historia, signos vitales, examen físico, agudeza visual, audiometría y espirometría. No se añade nada nuevo ni se quita nada. El médico tiene delante la serie completa: siete audiometrías, siete espirometrías, y puede ver si los umbrales auditivos se movieron en las frecuencias que afecta el ruido, y si la capacidad respiratoria cayó más de lo que explica la edad.
Supongamos que la audiometría de egreso muestra en un oído una caída en las frecuencias agudas que no estaba al ingreso y que empezó a insinuarse en la cuarta periódica. El médico lo documenta como hallazgo del egreso, lo compara con la serie, se lo explica al trabajador, lo refiere a evaluación por otorrinolaringología y le entrega su constancia completa. A la empresa le entrega la constancia de que el egreso se hizo, con fecha, y la indicación de que existe un hallazgo auditivo documentado al egreso y referido, sin el detalle. Si el trabajador o el seguro necesitan después reconstruir qué pasó en esos seis años, la serie está entera, con principio y fin.
Ahora el mismo caso sin egreso: el trabajador se va, nadie lo evalúa, y dos años después, en otra empresa y con otro ruido, una audiometría muestra la pérdida. ¿De dónde vino? La última medición en la planta de bloques tiene más de dos años, y entre medias no hay nada. El trabajador no puede acreditar su historia, la primera empresa no puede delimitar su responsabilidad y la segunda recibe una línea base que ya venía alterada sin saberlo. Nadie gana.
Cómo se lee la comparación: tres series y qué buscar en cada una
El egreso vale por la comparación, y la comparación hay que saber leerla. Estas son las tres series que con más frecuencia tiene un expediente ocupacional, y lo que el médico mira al poner el egreso al lado del ingreso.
| Serie | Qué se compara | Lo que hace sospechar un efecto del trabajo |
|---|---|---|
| Audiometría | Umbrales por frecuencia y por oído, ingreso frente a egreso, con las periódicas en medio. | Una caída en las frecuencias agudas, progresiva a lo largo de las periódicas, en un puesto con ruido. Una caída brusca entre dos evaluaciones pide revisar si hubo un evento o un error de medición. |
| Espirometría | Los volúmenes y flujos del egreso frente a los del ingreso, ajustados por edad. | Un descenso mayor del esperado por la edad en un puesto con polvos o humos, sobre todo si el patrón cambió de normal a obstructivo o restrictivo. |
| Radiografía de tórax | El informe del egreso frente al del ingreso, cuando el puesto la justificó. | Un hallazgo nuevo compatible con exposición, que el informe de ingreso no describía. |
| Examen osteomuscular | Movilidad, fuerza y dolor por segmento, frente al ingreso. | Una limitación nueva en un segmento que el puesto cargaba de forma repetida. |
| Signos vitales y base clínica | Presión arterial, peso, agudeza visual. | No suelen atribuirse al puesto, pero completan la constancia del estado al salir. |
Dos advertencias de práctica. La primera: comparar exige que los estudios sean comparables, es decir, hechos con el mismo método y en condiciones parecidas; una audiometría de ingreso hecha sin reposo auditivo y una de egreso hecha con él no se pueden leer en serie sin esa salvedad escrita. La segunda: un cambio en la serie no es un diagnóstico de enfermedad profesional, es un hallazgo que se refiere y se estudia. Cómo se interpretan los estudios respiratorios y auditivos está en la guía de espirometría y audiometría.
Qué debe llevar la constancia de egreso
La constancia de egreso se parece al certificado de aptitud en su forma y se diferencia en su fondo: no afirma aptitud para un puesto, afirma un estado al salir. Conviene que su encabezado lo diga con esas palabras, para que nadie la use después como si fuera un certificado para otro empleo.
- Identificación del trabajador y de la empresa, y el puesto que deja.
- Tipo de evaluación: «de egreso», con la fecha en que se hizo y la fecha de salida de la empresa.
- La relación de estudios realizados, con la constancia de que son los mismos que vigilaron los riesgos del puesto.
- La conclusión: estado de salud al egreso, con mención de si hay o no hallazgos nuevos respecto del ingreso, sin el detalle clínico en la copia de la empresa.
- Las referencias o el seguimiento indicados al trabajador, en la copia que recibe él.
- El médico firmante, su exequátur, el centro emisor y una forma de verificar la autenticidad del documento.
La copia de la empresa y la del trabajador no son el mismo documento. La empresa recibe la constancia de que el egreso se hizo y lo que afecte a su responsabilidad; el trabajador recibe su constancia con los hallazgos y las referencias. Esa separación es la misma de cualquier evaluación, y se explica en Expediente ocupacional: qué recibe Recursos Humanos.
Cuando el egreso coincide con una sospecha de enfermedad profesional
El caso más delicado es el del trabajador que se va justo cuando un hallazgo de la serie empieza a sugerir una enfermedad relacionada con el trabajo. La salida no cierra esa sospecha; la hace más urgente, porque después de la salida el trabajador deja de estar bajo la vigilancia de ese centro.
Lo razonable es tratar el egreso como lo que es, una evaluación más, y al hallazgo como un hallazgo más: se documenta, se refiere, se le explica al trabajador qué significa y qué puede hacer, incluida la posibilidad de que se valore por el Seguro de Riesgos Laborales si la causa proviene del trabajo (Ley 87-01, Art. 190, literal f). La Ley 87-01 reconoce además al trabajador con enfermedad profesional el derecho a ser trasladado a áreas libres del agente causante (Art. 189), lo que en un egreso ya no aplica a esa empresa, pero sí es información que el trabajador debe llevarse para su siguiente puesto.
Lo que el centro no hace
El centro no declara la enfermedad profesional ni resuelve la cobertura: documenta, refiere y entrega al trabajador su constancia completa. Afirmar en la constancia que «se trata de una enfermedad profesional» es adelantar una calificación que corresponde a otro proceso; afirmar que «se encontró tal hallazgo, no presente al ingreso, y se refirió» es exactamente lo que el egreso existe para dejar escrito.
Errores frecuentes con el egreso
Hacerlo con una batería «rápida»
Como el trabajador se va y nadie lo pide, se tiende a hacer un egreso de signos vitales y examen físico. Sin los estudios del puesto, el egreso no compara con nada y no protege a nadie. Si no se va a hacer con la batería del puesto, es mejor dejar constancia de que se ofreció y no se hizo.
Presentarlo a la empresa como obligatorio
El 522-06 vigente no lo nombra como mandato universal. Decir lo contrario funciona hasta que la empresa lo comprueba. Se presenta como buena práctica con beneficios concretos, que es más sólido y además es verdad.
Citar al trabajador después de su salida
Una vez fuera de la empresa, el trabajador no tiene motivo para volver y el centro no tiene cómo pedírselo. El egreso se hace dentro de los últimos días de trabajo, y por eso Recursos Humanos tiene que avisar la salida con la misma antelación con que avisa un ingreso.
Entregarle a la empresa el egreso completo
La empresa quiere «cerrar el expediente» y pide todo. Recibe la constancia de que el egreso se hizo y lo que afecte a su responsabilidad. Los estudios y los hallazgos son del trabajador, igual que en cualquier otra evaluación.
Glosario breve
- Examen de egreso (de retiro, de salida): la evaluación que se hace al terminar la relación laboral, con la batería del puesto, para dejar constancia del estado de salud al salir.
- Constancia de egreso: el documento que resulta; no certifica aptitud para un puesto, sino un estado en una fecha.
- Línea base: el estado de salud documentado al ingreso, contra el que se comparan las periódicas y el egreso.
- Serie: el conjunto de mediciones del mismo estudio a lo largo del tiempo (por ejemplo, todas las audiometrías de un trabajador).
- Batería del puesto: los estudios que se definieron al ingreso según los riesgos del puesto, y que se repiten en las periódicas y en el egreso.
- Seguro de Riesgos Laborales: el seguro de la Ley 87-01 que cubre los accidentes de trabajo y las enfermedades cuya causa directa proviene del trabajo.
Dónde entra una herramienta
El egreso solo vale si se puede poner al lado del ingreso y de las periódicas. En Aptico, cada evaluación lleva su tipo (pre-empleo, periódica, de reintegro o de egreso) y queda en el expediente del trabajador junto a las anteriores, con los mismos estudios en el mismo formato; el médico ve la evolución de una audiometría o una espirometría entre la primera evaluación y la última. La constancia de egreso sale firmada y con código QR, y el expediente completo se queda en el centro. Puede ver cómo se genera el documento.
Preguntas frecuentes
¿El examen de egreso es obligatorio en República Dominicana?
El Reglamento 522-06 vigente obliga a la vigilancia periódica (intervalo máximo de un año) y al examen previo en puestos con riesgo; el egreso como mandato escrito no está en el texto. Es una buena práctica, no una obligación literal.
¿Qué estudios lleva el examen de egreso?
Los mismos que vigilaban los riesgos del puesto (audiometría por ruido, espirometría por polvos, etc.) más la base clínica, para poder comparar con el ingreso y las periódicas.
¿El trabajador puede negarse al examen de egreso?
En la práctica el centro no puede obligarlo. Si la empresa lo ofrece y él no acude, conviene dejar constancia escrita de que se le ofreció.
¿Qué recibe la empresa del examen de egreso?
La constancia de que se hizo y lo que afecte a su responsabilidad; el detalle clínico es del trabajador (Ley 172-13) y se queda en el expediente que custodia el médico.
Para seguir
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