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Facturación electrónica e-CF (Ley 32-23) para centros médicos

La Ley 32-23 hace obligatoria la facturación electrónica —el e-CF— en República Dominicana, con un calendario escalonado por tamaño de contribuyente. Para los pequeños, micro y no clasificados (donde caen muchos centros médicos), el plazo es el 15 de noviembre de 2026. Emitir e-CF requiere un RNC habilitado, un certificado digital y un sistema o proveedor autorizado que genere el comprobante firmado y lo conecte con la DGII.

¿Qué es el e-CF?

El e-CF (Comprobante Fiscal Electrónico) es la versión electrónica del comprobante fiscal: un documento XML firmado digitalmente que la DGII valida. La Ley 32-23 (promulgada en mayo de 2023, con su Reglamento en el Decreto 587-24) lo hace obligatorio de forma escalonada para todas las transacciones.

¿Desde cuándo es obligatorio para un centro médico?

Depende del tamaño del contribuyente. Los grandes ya emiten. Para los pequeños, micro y no clasificados —el tramo donde suele estar un centro médico pequeño o mediano— el plazo, tras la prórroga de la DGII (Aviso 06-26), es el 15 de noviembre de 2026. Es una fecha legal: a partir de ahí, facturar en papel deja de ser opción.

¿Qué necesita un centro para emitir e-CF?

Tres cosas: (1) estar dado de alta como emisor electrónico ante la DGII bajo su RNC; (2) un certificado digital para procesos tributarios, que firma cada comprobante; y (3) un sistema capaz de generar el XML firmado y conectarse con la DGII, ya sea el Facturador Gratuito de la DGII o un proveedor de servicios autorizado (PSFE).

Para un centro pequeño, construir esa capacidad desde cero es costoso y propenso a errores. Por eso la mayoría lo resuelve con un proveedor autorizado.

¿Qué tipos de e-CF usa un centro médico?

Los relevantes son el E31 (factura de crédito fiscal, cuando el cliente es una empresa con RNC) y el E32 (factura de consumo). Las notas de crédito y débito (E34, E33) completan el caso.

¿Cómo lo resuelve Aptico?

Aptico integra el e-CF (E31 y E32) dentro de la misma plataforma donde el centro hace sus evaluaciones y facturas, para que emitir no sea un segundo sistema aparte. La emisión real bajo el RNC del centro requiere completar el alta como emisor y cargar el certificado digital; Aptico deja listo el flujo para ese momento.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo es obligatorio el e-CF para un centro médico pequeño en RD?

Para pequeños, micro y no clasificados, el plazo tras la prórroga de la DGII (Aviso 06-26) es el 15 de noviembre de 2026.

¿Qué necesita un centro para emitir e-CF?

Estar dado de alta como emisor electrónico ante la DGII bajo su RNC, un certificado digital que firme los comprobantes, y un sistema o proveedor autorizado que genere el XML firmado y lo conecte con la DGII.

¿Qué tipos de e-CF emite un centro?

Principalmente el E31 (factura de crédito fiscal, para clientes con RNC) y el E32 (factura de consumo), más las notas de crédito y débito cuando aplican.

Fuentes

Información general, no asesoría legal. Verifique siempre contra la norma vigente.

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